Naturaleza
El Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación, adscrito a la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, es el órgano consultivo de la Comisión de Coordinación de Ciencia, Tecnología e innovación encaminado a propiciar la interconexión y coordinación entre la sociedad, los sectores productivos y empresariales, los centros de investigación, la comunidad científica y las administraciones canarias en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación.
Competencias
El Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación tiene las competencias siguientes:
a) Proponer a la Comisión de Coordinación de Ciencia, Tecnología e Innovación y a la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información objetivos y programas de actuación para incluir en el Plan Canario de Investigación, Desarrollo e Innovación, en el Plan Canario de Cooperación Científico-Técnica con redes internacionales y en el Plan Canario de Formación del Personal Investigador.
b) Emitir informe sobre los Planes antes de ser elevados al Gobierno de Canarias por la Comisión de Coordinación de Ciencia, Tecnología e Innovación.
c) Propiciar el acercamiento entre universidades y centros de investigación y el sector productivo y empresarial del archipiélago, de cara a facilitar la transferencia de tecnología y de medios humanos y materiales entre ambos.
d) Emitir cuantos informes le sean solicitados por la Comisión de Coordinación de Ciencia, Tecnología e Innovación.
e) Cuantas otras le atribuya la ley o le correspondan reglamentariamente.
Composición
1. El Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación estará integrado por representantes de las universidades canarias, de la Academia Canaria de Ciencias, centros de investigación, empresas, agentes sociales, administración local e insular y científicos e investigadores de reconocido prestigio y experiencia en el ámbito de la investigación e innovación, bajo la presidencia del Presidente del Gobierno.
2. Los vocales del Consejo serán designados por la Comisión de Coordinación de Ciencia, Tecnología e Innovación de acuerdo con la siguiente composición:
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MIEMBROS |
Número |
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Presidente del Gobierno |
1 |
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a) |
El Rector de cada una de las Universidades canarias |
2 |
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b) |
El Presidente de la Academia Canaria de Ciencias. |
1 |
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c) |
Cuatro representantes de centros o unidades de investigación radicados en Canarias |
4 |
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d) |
Seis científicos o investigadores de reconocido prestigio y experiencia en el ámbito de la investigación e innovación. |
6 |
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e) |
El Presidente de la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (CEOETenerife). |
1 |
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f) |
El Presidente de la Confederación Canaria de Empresarios de Las Palmas (CCE). |
1 |
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g) |
El Presidente de cada una de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación constituidas en Canarias. |
4 |
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h) |
Un representante de cada una de las dos organizaciones sindicales más representativas en el ámbito regional. |
2 |
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i) |
Dos representantes de empresas relacionadas con las actividades de alta tecnología en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. |
2 |
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j) |
Dos representantes de agentes sociales relacionados con las actividades de I + D + i en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. |
2 |
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k) |
El Presidente de cada uno de los Cabildos Insulares. |
7 |
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l) |
Dos representantes de los municipios canarios, a propuesta de la organización más representativa de los municipios. |
2 |
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m) |
La Secretaría del Consejo la desempeña el Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, con la asistencia del funcionario que designe. |
1 |
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TOTAL MIEMBROS |
36 |
3. El nombramiento de los vocales corresponderá al Presidente del Gobierno.
Funcionamiento
La convocatoria, el régimen de constitución y, en general, el funcionamiento del Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación se ajustará a lo dispuesto para los órganos colegiados en la legislación general sobre Procedimiento administrativo.
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Actualizado: 09/04/2013
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