La Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, hasta tanto sea creada como Entidad de Derecho Público de acuerdo con la Ley, asume las competencias en materia de investigación, innovación tecnológica y sociedad de la información de la Comunidad Autónoma de Canarias:
1. Las previstas en los artículos 5.2.d) y 16.g) y h) del Reglamento Orgánico de la extinta Consejería de Educación, Cultura y Deportes, relativas a Investigación e Innovación Tecnológica:
Potenciar y coordinar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en el ámbito universitario de Canarias.
Elaborar programas de investigación.
Promover la investigación universitaria, así como la evaluación de sus efectivos humanos y técnicos.
2. La dirección del Instituto Canario de Ciencias Marinas.
3. El desarrollo de la Sociedad de la Información en el ámbito externo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y la innovación tecnológica, previstas en los apartados A), letras d) y g); D), letra a) y E) del artículo 15.2; apartados f) e i) del artículo 18.2 y apartados c), d), l) y m) del artículo 19.2 del Reglamento Orgánico de la extinta Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías:
La promoción del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la sociedad canaria.
Ejercer como órgano ejecutorio y operativo del Foro Canario de la Sociedad de la Información y del Observatorio Canario de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.
Promover estudios de diagnóstico sobre la situación de las empresas y los ciudadanos en relación con las tecnologías de la información y las comunicaciones, como paso previo para la promoción del uso de dichas tecnologías en todos los sectores productivos y ámbitos sociales.
El impulso y la coordinación de los planes, proyectos tecnológicos y programas de actuaciones para el desarrollo e implantación de la sociedad de la información que favorezcan la integración de las tecnologías de la información en todos los ámbitos de la actividad económica y social, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos.
La elaboración y gestión de programas para fomentar los servicios avanzados de telecomunicaciones.
Formular los planes especiales de telecomunicaciones de acuerdo con la normativa vigente en materia de ordenación del territorio.
La gestión de los programas de fomento de la investigación y desarrollo e innovación tecnológica.
Proponer, impulsar y, en su caso, elaborar las medidas necesarias para la adaptación de la normativa autonómica a la normativa comunitaria en (se excluye el texto intermedio) investigación y desarrollo.