La Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, hasta tanto sea creada como Entidad de Derecho Público de acuerdo con la Ley, asume las competencias en materia de investigación, innovación tecnológica y sociedad de la información de la Comunidad Autónoma de Canarias:
1. Las previstas en los artículos 5.2.d) y 16.g) y h) del Reglamento Orgánico de la extinta Consejería de Educación, Cultura y Deportes, relativas a Investigación e Innovación Tecnológica:
- Potenciar y coordinar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en el ámbito universitario de Canarias.
- Elaborar programas de investigación.
- Promover la investigación universitaria, así como la evaluación de sus efectivos humanos y técnicos.
2. La dirección del Instituto Canario de Ciencias Marinas.
3. El desarrollo de la Sociedad de la Información en el ámbito externo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y la innovación tecnológica, previstas en los apartados A), letras d) y g); D), letra a) y E) del artículo 15.2; apartados f) e i) del artículo 18.2 y apartados c), d), l) y m) del artículo 19.2 del Reglamento Orgánico de la extinta Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías:
- La promoción del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la sociedad canaria.
- Ejercer como órgano ejecutorio y operativo del Foro Canario de la Sociedad de la Información y del Observatorio Canario de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.
- Promover estudios de diagnóstico sobre la situación de las empresas y los ciudadanos en relación con las tecnologías de la información y las comunicaciones, como paso previo para la promoción del uso de dichas tecnologías en todos los sectores productivos y ámbitos sociales.
- El impulso y la coordinación de los planes, proyectos tecnológicos y programas de actuaciones para el desarrollo e implantación de la sociedad de la información que favorezcan la integración de las tecnologías de la información en todos los ámbitos de la actividad económica y social, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos.

- La elaboración y gestión de programas para fomentar los servicios avanzados de telecomunicaciones.
- Formular los planes especiales de telecomunicaciones de acuerdo con la normativa vigente en materia de ordenación del territorio.
- La gestión de los programas de fomento de la investigación y desarrollo e innovación tecnológica.
- Proponer, impulsar y, en su caso, elaborar las medidas necesarias para la adaptación de la normativa autonómica a la normativa comunitaria en (se excluye el texto intermedio) investigación y desarrollo.
Marco Legal